El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó, por unanimidad, una adenda al Programa de Operación del Sistema de Información sobre el desarrollo de la Jornada Electoral (SIJE), que operará en el Proceso Electoral Extraordinario para la elección de diversos cargos del Poder Judicial de la Federación (PEEPJF) 2024-2025 y, en su caso, en las elecciones extraordinarias que deriven del mismo, para incorporar un procedimiento para recuperar el dato muestral sobre el número de personas votantes en las casillas seccionales.
“La finalidad es establecer las bases para garantizar que, en la misma noche de la Jornada Electoral, se conozca el nivel de participación ciudadana”, aseguró en sesión extraordinaria el presidente de la Comisión Temporal del Proceso Electoral Extraordinario para la elección de diversos cargos del Poder Judicial de la Federación, Consejero Jorge Montaño Ventura.
La adenda establece que un día antes de la Jornada Electoral, la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores (DERFE) seleccionará las casillas seccionales que formarán parte de la muestra para el reporte de personas votantes, lo cual será notificado a las y los Capacitadores Asistentes Electorales (CAE), para definir la logística que garantice la rapidez y precisión en la transmisión de datos.
Las y los CAE recopilarán el dato de las personas que votaron en cada una de las casillas seccionales al cierre de la votación, mediante una muestra de mil 644 casillas, tomando como parámetro 15 casillas como máximo por distrito.
Estos datos serán insumo para que, con el apoyo de especialistas en estadística y de la DERFE, se realice una estimación del porcentaje de participación ciudadana el día de la Jornada Electoral del próximo 1 de junio.
Elaborado el informe de resultados, será entregado a la Presidencia del Consejo General para su respectiva difusión.
Se da respuesta a consultas de candidaturas
Durante la sesión, consejeras y consejeros dieron respuesta a consultas de candidaturas relacionadas con la posibilidad de renunciar al cargo y la aplicación de los criterios de paridad.
También, sobre las actividades que pueden desempeñar durante la veda electoral y sobre la verificación del cumplimiento de los requisitos de elegibilidad para ocupar un cargo en la elección del Poder Judicial de la Federación, la cual solo podrá realizarse con anterioridad a la emisión de la declaratoria de validez de la elección y al otorgamiento de la constancia de mayoría respectiva.